Estimados Colegas y Socios,
La Comisión Coordinadora de la Filial NOA de la AACS (F-NOA-AACS) quiere anunciarles que finalizó la recepción de listas el día viernes 28 de agosto de 2020. Ante la solicitud de las mismas, se complace en anunciarles y presentarles que hemos recibido una lista para la nueva coordinadora del al Filial:
Lista Suelos del Norte:
Presidente: PAULINA CABRERA (Salta)
Secretaria: LAURA DIEZ YARADE (Jujuy) ,
Tesorero: MARTÍN ACIAR (Salta)
Vocales Titulares (3) MARÍA FLORENCIA BENIMELI (Tucumán)
CRISTINA ANGUEIRA (Santiago del Estero)
ANA ALURRALDE (Catamarca) .
Vocales Suplentes (3) FERNANDO GALIZZI (Santiago del Estero)
DORKAS ANDINA GUEVARA (Tucumán)
OLGA PERNADETTI (Catamarca)
Con el fin de darle el marco reglamentario a la lista, solicitamos a los socios que den el Aval a la lista emergente, así poder realizar el acto eleccionario en tiempo y forma. Dejamos aquí el link para que puedan dar el aval.
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdM6Y8BGPbFtJJEFj2mHpnZ1Q3ye-MzEMtB_HowxYsCa_WiDQ/viewform?usp=sf_link
La elección se realizará en forma on-line el día 16 de octubre, según lo prevé el estatuto de la AACS en el art 9 inc. c.
Para mayor información al pie del mail se transcriben los artículos mencionados de los estatutos de la AACS y las filiales de la AACS.
Desde ya muchas gracias.
Saludos Cordiales.
Coordinadora de la F-NOA-AACS
Estatuto de la AACS
Artículo 9º: Son derechos de los Socios Activos:
a)participar en el gobierno de la Asociación en la forma establecida por el presente Estatuto;
b)participar de toda actividad para la que sean convocados por la Comisión Directiva en pos del logro de los objetivos de la Asociación;
c)elegir las autoridades de la Asociación mediante la emisión de su voto de acuerdo con los mecanismos que se establezcan;
REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS FILIALES DE LA AACS
Artículo 4°: El funcionamiento de las Filiales estará coordinado por una Comisión Coordinadora integrada por seis (6) miembros elegida por los socios activos con la cuota social al día que integran la Filial y aprobada por la Asamblea de la AACS. Las Comisiones Coordinadoras tendrán un mandato de dos (2) años y sus miembros podrán ser reelegidos.
Artículo 5°: La elección de las Comisiones Coordinadoras de las Filiales se realizará por voto secreto por listas completas emitido por los socios en reunión de socios de la Filial convocada al efecto por la Comisión Coordinadora cuarenta y cinco (45) días antes de la fecha de su realización. Los socios en condiciones de votar podrán hacerlo también por correo según se contempla en el estatuto de la AACS.
Artículo 6°: La reunión de socios para elección de Comisión Coordinadora de las Filiales deberá ser realizada un (1) mes antes de una Asamblea Ordinaria de la AACS a fin de poder elevar el resultado para su tratamiento y aprobación. La Comisión Coordinadora elegida entrará en funciones una vez aprobada por la Asamblea Ordinaria.
Artículo 7°: El proceso electoral deberá ser implementado por la Comisión Coordinadora. La Comisión Directiva de la AACS deberá designar un veedor que avalará con su firma el resultado del acto eleccionario para su elevación a la Asamblea Ordinaria.
Artículo 8°: Los miembros de las Comisiones Coordinadoras de las Filiales deberán ser socios activos de la AACS integrantes de la Filial con la cuota social al día con una antigüedad no menor a un (1) año en esa condición.
Artículo 9°: De los miembros de las Comisiones Coordinadoras de las Filiales uno asumirá la función de Presidente, otro la de Secretario, otro la de Tesorero y el resto de Vocales.
Nota: los socios activos con menor antigüedad a un año no figuran en el padrón.